Estoy muy indignada con el fallo del juez (Roberto) Cornejo”, expresó ayer la mamá del fallecido Luciano Luzenti (23), Edith Mena, tras escuchar que el joven que lo embistió de frente en su auto quedaba libre porque le aplicaron una pena de ejecución condicional.
“Yo creía en la Justicia. Pensé que mi hijo iba a tenerla porque teníamos todas las pruebas, incluso el video, a donde (se ve que el auto) va en contramano, a gran velocidad y con alcohol encima. Parece que eso no fue suficiente porque, a la vista de todos, fue un homicidio”, dijo con mucha bronca y dirigiendo sus críticas al vocal de la Cámara 9ª del Crimen que llevó adelante el juicio en contra de Gonzalo Agustín Machado, hoy de 26 años.
Tras las audiencias en las que se exhibió prueba contundente y pese a la solicitud de una pena de prisión efectiva, ayer Machado recibió una condena de tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir vehículos, al ser hallado responsable del delito de homicidio culposo agravado.
El crimen vial ocurrió durante la madrugada del 30 de agosto de 2015 en avenida Bodereau, ya en jurisdicción de Villa Allende.
En una de las audiencias se exhibió el video de cámaras de seguridad del country Prados de la Villa, donde se aprecia cómo el Chevrolet Corsa de Machado cruza al carril opuesto, pasa por un badén, pierde el control y embiste de frente a la moto de Luciano.
La indignación de los familiares de la víctima se debe a que el impacto frontal se produjo a una velocidad muy alta cuando el Corsa se había cruzado de carril, donde transitaba Luzenti. La víctima falleció de modo instantáneo por las gravísimas heridas recibidas.
Según trascendió en el juicio, el acusado conducía alcoholizado. De acuerdo a los peritajes técnicos, se estableció que la velocidad del Corsa era de entre 90 y 100 kilómetros por hora.
Pedidos de prisión:
Al emitir las partes las conclusiones, la fiscal de Cámara María de las Mercedes Balestrini consideró el hecho como grave y solicitó que se condene a Machado por homicidio culposo a la pena de tres años de prisión efectiva, más 10 de inhabilitación para conducir.
A su turno, el querellante Mario Gregorio pidió el cambio de acusación a homicidio simple con dolo eventual, que tiene penas de ocho a 25 años de cárcel. Requirió una condena de ocho años de prisión y, como la fiscal, una inhabilitación de 10 años.
Por su parte, el defensor oficial Álvaro Ganame destacó el arrepentimiento del victimario y su pedido de disculpas, por lo que pidió que la condena fuera en suspenso.
Ayer se escuchó la última palabra y el acusado volvió a pedir perdón a la familia de la víctima y dijo estar muy arrepentido. El papá de Luciano, Eduardo Luzenti, le respondió: “Con las disculpas, no hacemos nada”.
Tras deliberar, Cornejo impuso la pena de ejecución condicional y bajó también el lapso de inhabilitación a seis años. Además, entre las condiciones que se le imponen al condenado se le señala que debe hacer un curso de seguridad vial.
En beneficio del reo:
Hay que recordar que la legislación penal fue modificada años después de este hecho, ocurrido a mediados de 2015. Posteriormente, quedaron agravadas las penas a personas que incurren en conducción peligrosa, alcoholizados, hacen abandono de persona o van a velocidad excesiva, entre otras faltas. Pero Machado no podía ser sometido a juicio con esa legislación.
Lo que reclamó el querellante Gregorio fue que se aplique un homicidio con dolo eventual, al considerar que en las condiciones que estaba conduciendo, Machado debería haberse representado la posibilidad de matar. Cruzó de carril, bebió alcohol, llevaba una velocidad excesiva y venían vehículos de frente. Un utilitario alcanzó a tirarse a la banquina. Detrás de ese vehículo iba Luciano en su moto. No tuvo tiempo de hacer nada.