Los asesores tributarios recomiendan a sus clientes tres opciones para “proteger su patrimonio” en caso de que el próximo Gobierno decida aplicar un fuerte incremento de la alícuota de Bienes Personales a fondos de argentinos en el exterior. Las alternativas son radicarse en otro país, generar un “trust irrevocable” en el exterior, o iniciar una demanda al Estado por “confiscatoridad”. El experto César Litvin advirtió que estas posibles acciones pueden ser “traumáticas” para los contribuyentes ya que ninguna se puede llevar adelante sin que haya que pagar algún costo personal. En diálogo con Ámbito Financiero. Litvin ratificó que “no se trata de evitar pagar un impuesto, sino de proteger el patrimonio de las personas”. Todo dependerá de cómo reaccione Alberto F. al llegar a la Casa Rosada y decida el camino que seguirá para corregir los desequilibrios fiscales.
Por el lado impositivo, el próximo Gobierno tiene definido operar sobre los u$s116.000 millones de bienes declarados por argentinos en el exterior en el blanqueo de 2016. Entre ese grupo y los que ya tienen declarados en el país se obtiene una base imponible que podría aportar 0,3% de PBI a las arcas, y para ello, la alícuota de Bienes Personales debería pasar al 1%, según estimaciones de la consultora financiera Balanz. Actualmente, ese impuesto tributa en tres escalas de 0,25% (hasta $3.000.000), 0,50% (entre 3.000.000 y 18.000.000) y 0,75%.(más de $18.000.000).
Para evitar este gravamen, Litvin plantea como primera posibilidad trasladar el domicilio a otro país y fijar ahí la residencia, para manejarse con leyes fiscales más benignas. “Eso no se trata de un mero trámite. Hay que irse a vivir a otro país y volver como turista. No hay que tener tarjetas de crédito acá, ni cuotas de clubes”, explicó Litvin. Uruguay puede ser una de las opciones más a manos para ricos argentinos. Por proximidad física y cultural. Las leyes del vecino país obligan a que la persona tenga que tener presencia efectiva de seis meses al año como mínimo, para obtener una residencia y mudar allí entonces toda la actividad económica de una persona.
La segunda opción recomendada por el tributarista es más sofisticada y sólo para grandes fortunas. “Se trata de un trust irrevocable, que de acuerdo con las leyes argentinas no están alcanzados por Bienes Personales”, explicó Litvin. Es como si fuera un anticipo de herencia que hace una persona en favor de otra, que existe en países de jurisprudencia anglosajona como el Reino Unido o Estados Unidos. “Imaginemos una persona de 80 años, que se supone que no puede vivir 20 años más, entonces se determina lo que puede gastar en ese período y el resto queda a resguardo”, explicó. El trust puede estar acompañado de un protector, además de un asesor de inversiones. El primero con una función de vigilancia y segundo será un administrador.
La última opción es la de iniciar un juicio contra el Estado. Lo que se puede alegar, y existen jurisprudencia de la Corte Suprema, es lo que se denomina “confiscatoriedad”. Según trascendió, la idea de Alberto F. sería resolver el problema del déficit fiscal con una fuerte suba del impuesto para los que tienen su dinero afuera. Para ello, según se estimó, la alícuota debería ir al 5% con lo cual al cabo de una década la persona habría perdido la mitad de su patrimonio. Ese nivel podría ser considerado confiscatorio por la Corte.
Por:Carlos Lamiral