Se publicó en el Boletín Oficial una norma que actualizó los requisitos que deben cumplir plantas productivas, monitoreadores, laboratorios y exportadores para exportar a China hojas de tabaco Virginia y Burley producidas en las provincias de Jujuy, Misiones, Salta y Tucumán.
La resolución, firmada por Ricardo Negri -presidente del Senasa- ya entró en vigencia y se extenderá por 4 años, en el marco del Acuerdo de Requerimientos Fitosanitarios para la Introducción de Hojas de Tabaco de Argentina a China firmado por ambos países en 2006. Una vez que el Senasa verifique el cumplimiento de las condiciones exigidas, emitirá el certificado sanitario.
Los productores de tabaco que exporten a la República Popular China, deben estar inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios y actualizar anualmente su inscripción, según lo establece la resolución.
De esta manera, se podrá conocer y registrar la totalidad de los productores tabacaleros que exportan y también ubicar geográficamente las fincas, lo que es facilita la obtención de información de la actividad y mejora la implementación de estrategias de control. Todo esto se desprende de las actividades comprendidas en el acuerdo de exportación de tabaco a China. Además, la norma indica el uso y aplicación de productos fitosanitarios autorizados y en las dosificaciones indicadas.
La inscripción de los laboratorios a la Red Nacional de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico del Senasa respalda las acciones de vigilancia, monitoreo, los programas fitosanitarios y la convalidación de certificaciones de importación y exportaciones, entre otras.
Cabe destacar que el tabaco cultivado para exportar a China debe ser monitoreado desde la etapa de almácigo hasta su cosecha por parte de personal capacitado y habilitado por la entidad, pasando por todo su ciclo.