El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, Enrique Alonso Regueira, hizo lugar a un planteo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y reclamó al Juzgado Federal 1 de Córdoba, a cargo de Ricardo Bustos Fierro, que le remita la causa que se originó a partir de la presentación de una acción de amparo que realizó la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María. En ese expediente judicial se pide que las retenciones sean declaradas inconstitucionales.
A fines del mes pasado y horas antes del tractorazo del campo a Plaza de Mayo, el juez federal de Córdoba admitió el reclamo de las entidades agropecuarias mencionadas, donde las mismas cuestionan que a partir del 1 de enero de 2022 las retenciones que se le extraen al sector son “inconstitucionales e ilegales”, argumentando que el pasado 31 de diciembre vencieron las facultades que tenía el Poder Ejecutivo para modificar las mismas. Luego rechazó una apelación de la AFIP.
Ahora el el juez Regueira solicita que el expediente sea enviado a Capital Federal, argumentando en uno de los artículos de su Resolución que “la acción entablada se dirige contra la conducta desplegada por la AFIP-Aduana y contra determinados decretos dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, que la misma tiene carácter colectivo y que la composición del colectivo incluye a todos los productores agropecuarios del país. En consecuencia, se trata de actos emanados de autoridades públicas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos efectos no se circunscriben a una jurisdicción específica sino que éstos se producen respecto de la totalidad del territorio nacional”.
Tras conocerse la decisión del juez porteño, el presidente de la Sociedad Rural Argentina, Nicolás Pino, dijo que “no se puede cambiar la jurisdicción de la causa”, y aseguró: “Ratificamos la competencia de toda la justicia federal de las provincias productoras, respecto del conflicto judicial por la ilegalidad e ilegitimidad presentado por la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María (Córdoba) sobre los derechos de exportación. En este caso, nuestro amparo se tramita en la justicia provincial de Córdoba. Es una cuestión federal cuyo proceso de amparo está registrado, además, en la Corte Suprema de la Nación como amparo colectivo, por ende no puede cambiar de jurisdicción”.
Reclamo
En enero pasado, durante la Asamblea de productores que la Mesa de Enlace encabezó en la ciudad santafesina de Armstrong, Pino sostuvo que la ley de emergencia y solidaridad sancionada “cayó el 31 de diciembre pasado y el impuesto (retenciones) ya no tiene sustento legal”, y agregó: “Estamos en condiciones de afirmar y exhortar al presidente de la Nación para que instruya al ministro de Economía, Martín Guzmán, a que la retención es cero, para que los productores podamos cobrar el precio lleno de nuestra producción a partir del lunes próximo”. Y pidió también que el Gobierno convoque al nuevo Congreso a discutir el tema impositivo, incluidas las retenciones, en el ámbito que constitucionalmente corresponde.
Días después de la Asamblea en Armstrong, se decidió realizar una presentación judicial en Córdoba. Al respecto, la máxima autoridad de la Rural dijo que la elección de la provincia para llevar adelante el reclamo de las retenciones, “fue para poner en valor el federalismo y al interior del país. Lo venimos diciendo desde hace tiempo que las retenciones son inconstitucionales. No es legítimo cobrar un tributo si no hay una nueva normativa del Congreso al respecto. Recurrimos a un amparo después de haber exhortado al Poder Ejecutivo y al Legislativo desde el 8 de enero pasado, cuando advertimos que no hay sustento reglamentario para el cobro del impuesto. Trabajamos estas semanas en esta crítica situación para exigirle al Poder Judicial que nos dé la razón porque las argumentaciones presentadas son contundentes. El cobro de retenciones es inconstitucional”.
De: Infobae