“Salta es pionera en una ley integral para niños con cáncer”, dijo Sáenz

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    Luego de ocho años de promulgada la ley 7786/13, la Provincia reglamentó el artículo 18 que prevé subsidios a pacientes y sus familias carentes de recursos que padecen la enfermedad. Así, Salta es la única jurisdicción que brinda atención médica completa y económica a pacientes infantojuveniles sin cobertura.

    La Provincia reglamentó la Ley 7786/13 para el tratamiento de pacientes infantojuveniles con cáncer, “pudiéndose hoy cumplir acabadamente e implementarse de manera efectiva y completa”, indicó el gobernador Gustavo Sáenz, al presentar la instrumentación de la norma que fue publicada en octubre de 2013 en el Boletín Oficial de la Provincia.

    En este sentido, Sáenz recordó que cuando era senador provincial presentó la ley “con un espíritu integral e interdisciplinario y tuvo acompañamiento por unanimidad porque se consideró justa y equitativa”. Posteriormente, como intendente de ciudad de Salta emitió una ordenanza ad referéndum del Concejo Deliberante para permitir a los padres de pacientes oncológicos utilizar el transporte urbano de manera gratuita. “Hoy como Gobernador y con la salud como prioridad, reglamentamos la ley que es un paliativo, una ayuda entre tanto dolor y sufrimiento”, expresó Sáenz.

    Por ello, al remarcar que “Salta es pionera en una ley integral para niños con cáncer”, Sáenz consideró que una norma de este tipo “debería ser nacional porque debe haber un Estado presente y además es una cuestión de humanidad, de solidaridad y empatía estar al lado de los que más necesitan”.

    La ley apunta, entre otras cosas, a la cobertura total. Además de la ayuda económica y social a las familias de los pacientes oncológicos infanto-juveniles de hasta 21 años.

    El artículo 18 que faltaba reglamentar, establece que “se le otorgará un subsidio basado en la carencia o situación económica de la familia desde el momento del diagnóstico de la enfermedad hasta concluido el tratamiento o el fallecimiento del paciente. El control del subsidio se hará según normativas de la reglamentación de la presente Ley”. La gestión avanzó en la reglamentación para el ejercicio de ese artículo estableciendo al programa provincial de oncología como organismo competente para realizar los trámites administrativos correspondientes al otorgamiento de subsidios y el encargado del control y fiscalización.

    El subsidio podrá incluir lo necesario para el transporte y hospedaje del paciente y un responsable en el lugar de tratamiento determinado por la falta de cobertura en forma inicial pudiendo contemplar la carencia económica en casos de pacientes con cobertura social.

    En este sentido, la subsecretaria de Medicina Social Gabriela Dorigato especificó que hay 30 pacientes con subsidios y se prevé la incorporación y análisis de todos los casos pertinentes. “Es dar equidad en el tratamiento para esta patología que tanto impacto emocional causa en las familias”.Belén Franzini del Programa Provincial de Oncología destacó que Salta es la única provincia en otorgar un tratamiento integral y completa a los pacientes oncológicos infantojuveniles carentes de recursos, contemplando tanto el aspecto médico como el económico.

     

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