Argentina cuenta desde esta semana con una Ley que establece “Presupuestos Mínimos Ambientales. En el texto que salió de Senadores, y que elaboramos junto al Senador Pino Solanas, planteamos la necesidad de garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de adaptación y mitigación al cambio climático. La operatividad de la nueva norma va a radicar en que se obliga al Poder Ejecutivo Nacional a conformar el Gabinete Nacional de Cambio Climático. Ese organismo deberá ser presidido por el Jefe de Gabinete de Ministros y deberá estar integrado por las máximas autoridades en áreas como Ambiente, Energía, Minería, Producción, Agricultura y Ganadería, Industria, Transporte, Desarrollo Social, Relaciones Exteriores, Educación, Deporte, Salud, Ciencia y Tecnología, Interior, Obras Públicas, Vivienda, Trabajo, Economía y Finanzas y Seguridad y Defensa.
Esta Ley, que fue aprobada casi sin modificaciones en Diputados, pone al país en sintonía con otras naciones del mundo que ya han adoptado estos protocolos, como por ejemplo la conformación de un “Consejo Asesor”, cuyos dictámenes el Gabinete Ambiental estará obligado a evaluar, aunque no sean vinculantes. Ese consejo debería quedar integrado por de organizaciones ambientales, sindicatos, comunidades indígenas, universidades, entidades académicas y empresariales, entre otros.
Estas propuestas surgen porque quienes ocupamos roles con responsabilidad institucional debemos trabajar en este tipo de leyes, que no son más que medidas que estén a nuestro alcance para mitigar los efectos del cambio climático.
Establecimos que se deberán tomar, o relevar, indicadores ambientales, los cuales deberán hacerse públicos. Como primer efecto de esta nueva Ley, una vez conformado el Gabinete Nacional de Cambio Climático, se debe generar un Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, con sus sistemas de actualización y monitoreos. En ese plan además se deben fijar metas mínimas de reducción o eliminación de emisiones.
Tenemos que entender que los procesos de contaminación y destrucción de recursos, más allá de las responsabilidades e incidencias nacionales, afectan a la biosfera en su conjunto y con ello socaban las condiciones materiales de existencia y reproducción de todo el género humano. A partir de ese concepto se comenzó a trabajar en esta nueva legislación.
Se contemplan dos grupos de medidas para que Argentina colabore con la mitigación en los efectos del cambio climático. Por un lado medidas de adaptación, que son aquellas que buscan atenuar o minimizar los daños o impactos asociados al Cambio Climático, y por otro lado medidas de mitigación, que son acciones orientadas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Por Lucila Crexell